La evolución del concepto de democracia consociativa y su idoneidad para resolver conflictos sectarios: los casos de Irlanda del Norte y Líbano

Azmi Bishara
Azmi Bishara Director General del Arab Center for Research and Policy Studies (ACRPS)
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Democracia consociativa: los casos de Irlanda del Norte y Líbano

Resumen

En el presente Documento de estudio se examina el modelo teórico que subyace al concepto de "democracia consociativa", desde sus raíces en el seno de la tradición marxista austriaca hasta su elaboración en 1969 por parte del politólogo neerlandés-estadounidense Arend Lijphart. El trabajo de Lijphart se insertaba en su crítica más amplia de la categorización de los sistemas políticos occidentales efectuada por Gabriel Almond. En este estudio se lleva a cabo una crítica estructural del término "democracia consociativa" y de su uso, y se argumenta que la práctica de ese tipo de democracia nació de políticas pragmáticas antes de madurar y cristalizar como modelo teórico. Se defiende también que las aportaciones subsiguientes de Lijphart fueron una extrapolación de una serie de estudios monográficos de países sin una "teoría" subyacente, así como que el "reparto del poder" no lleva necesariamente a una democratización. Del estudio se extraen varias observaciones teóricas que ayudan a distinguir el "consociativismo" de la "democracia consociativa". Por último, en el artículo se analiza la idoneidad de este modelo teórico en los casos de Irlanda del Norte y Líbano.

Introducción: del individuo al grupo

El concepto de consociativismo marca un punto de intersección para las soluciones políticas que tienen en cuenta la representación de las identidades colectivas al usar el sistema electoral, la formación de coaliciones y, en ocasiones, al racionar todo el sistema político para lograr la estabilidad y evitar conflictos y guerras civiles.

Los modelos de consociativismo aparecieron en la práctica a finales del siglo XIX y principios del XX, en un primer momento en Países Bajos, Bélgica, Suiza y Austria, Estados eminentemente plurinacionales y plurilingües, con la intención de conseguir estabilidad en un marco político no limitado a la "democracia mayoritaria" en la que las minorías étnicas corren el riesgo de quedar marginadas. A partir de estas experiencias específicas y de su evolución, los pensadores políticos fueron dando forma desde los años 50 y 60 del siglo XX a la idea de la democracia consociativa. Entre ellos destacan Gerhard Lehmbruch, Gabriel A. Almond y Arend Lijphart. Este último en particular investigó este modelo, se especializó en él y, tras la aparición de nuevos casos para su estudio, introdujo modificaciones a lo que ahora se considera una teoría.

El consociativismo empezó a través de políticas prácticas dictadas por la necesidad, por constituciones adaptadas a esa necesidad, por la experiencia histórica y por la cultura, y acabó asentándose en las convenciones de determinados Estados antes de convertirse en un modelo teórico. Este hecho hay que tenerlo en cuenta antes de diseccionar el concepto como una teoría aislada, puesto que se ha abordado como si fuese una teoría, incluso como si fuese el único modelo que se debería aplicar en Estados multiétnicos y pluriconfesionales. Todo ello pese a que la práctica precedió a la teoría. Las distintas formas de consociativismo están vinculadas a la estructura política y social, a las circunstancias, a las condiciones previas y a la cultura política predominante en los círculos de los interlocutores políticos de cada Estado. Algunas de estas formas no dieron lugar a sistemas democráticos consociativos, sino a pactos parecidos a cárteles entre las élites confesionales, étnicas o de otra índole. El modelo más extendido para evitar los conflictos por el poder de una manera justa sigue siendo un Estado democrático basado en la igualdad de toda la ciudadanía y en el Estado de derecho, donde cabría incluir distintas formas de autonomía local, regional y cultural (es decir, que se reconocen los derechos colectivos en algunos casos).

El término "consociativismo" (o "consociacionalismo") deriva de la obra escrita del filósofo alemán Johannes Althusius (1557–1638), quien empleó el término latino consociatio[1]. Lijphart explica que este término lo usaron también en sus escritos algunos marxistas austriacos como Otto Bauer y Karl Renner a principios del siglo XX, así como David Apter en un estudio de 1961 sobre Uganda[2] y Arthur Lewis en su obra Politics in West Africa[3] [Política del África Occidental] de 1965.Menciona también su uso en 1967 por parte del investigador alemán Gerhard Lehmbruch en su estudio sobre la democracia proporcional[4] en el que se hace eco de la teoría de la democracia consociativa de Lijphart[5].

Los marxistas austriacos hicieron contribuciones importantes a principios del siglo XX, en especial Otto Bauer[6] y Karl Renner. Estos autores señalaron la necesidad de reconocer las distintas nacionalidades en el contexto de un Estado plurinacional y de concederles autonomía cultural sobre la base del individuo, no por consideraciones regionales o geográficas, es decir, atendiendo a la pertenencia del individuo a la nación, que para ellos es principalmente un grupo cultural. Esa autonomía debe existir en Estados donde convivan varias nacionalidades con culturas diferentes sin estar divididas por regiones o territorios. En ese sentido, se opusieron a la ortodoxia marxista clásica que contemplaba el final de la lucha de clases como la solución para todos los problemas, incluidos los conflictos nacionales. Tampoco se mostraban de acuerdo con el liberalismo, ya que no reconoce ninguna entidad jurídica a medio camino entre el individuo y el Estado. En el liberalismo clásico, los derechos se definen en función del ciudadano individual, y no tiene cabida que se otorguen derechos a grupos en el seno del Estado.

Bauer y Renner añadieron la nacionalidad como un órgano corporativo existente entre el individuo y el Estado que debía ser reconocido para preservar la unidad del Estado plurinacional. No creían que su modelo se aplicase a las comunidades religiosas o las afiliaciones confesionales salvo en lo tocante a los propios derechos religiosos, entre ellos la administración de las instituciones religiosas y la libertad de culto. En cambio, se debía conceder la autonomía cultural a las nacionalidades cuando hubiera varias dentro del mismo Estado. Ese es el motivo por el que Bauer se opuso a conceder autonomía cultural a los judíos, puesto que lo veía como un paso atrás frente a la integración de los judíos que ya había empezado a darse en la sociedad moderna en distintas naciones europeas[7]. En ese sentido, los programas a favor de la autonomía cultural para grupos dentro del Estado no se aplicaba a las confesiones religiosas. Estos grupos gestionan ellos mismos sus asuntos religiosos y sus tradiciones, características que en las sociedades laicas están separadas del Estado, y esa es la autonomía para los asuntos religiosos. Por lo tanto, no se habla de federalismo confesional ni de autonomías culturales consagradas a nivel constitucional como si fuesen nacionalidades[8].

No obstante, hay un investigador libanés que toma el modelo de los derechos grupales basados en el individuo y lo aplica a las confesiones libanesas como si fuesen grupos étnicos que han creado en su seno un federalismo de grupos (y no de provincias o gobernaciones, por ejemplo). Antoine Messarra escribe en la obra A General Theory of the Lebanese Constitutional System [Una teoría general del sistema constitucional libanés] que la constitución y el pacto nacional en Líbano son federalistas, pero sobre una base personal, no regional, es decir, a través de la representación de comunidades confesionales mediante la afiliación religiosa del ciudadano, y por medio de la autonomía confesional en cuestiones como el estatuto personal y la educación[9]. A tal fin, se asegura de diferenciar bien entre tres definiciones de "sectarismo".

En primer lugar, Messarra describe la cuota sectaria, cuya aplicación de manera inflexible da pie, en su opinión, a una categorización de la ciudadanía, desbarata el principio de la igualdad de oportunidades y satura la administración en los centros, por lo que impide que se encuentre un equilibrio y se tomen decisiones porque una mayoría simple no basta. A su juicio, el sistema de cuotas está presente en Austria, Suiza, Países Bajos, Bélgica, Canadá, Malasia, Colombia, Chipre (antes de la partición), India, Vietnam y otros países. En segundo lugar, está la definición de que se trata de autonomía en las cuestiones del estatuto personal para las confesiones y religiones, y quizás en la educación y otros asuntos; lo que implica un tipo de federalismo basado en el individuo donde las fronteras grupales y las geográficas no se cruzan. En tercer lugar, el sentido negativo del sectarismo, es decir, utilizar la religión para avivar conflictos[10] o que los políticos o clérigos la exploten por rivalidades políticas, problemas que prevalecen en el sistema libanés y en otros sistemas árabes. Esta cuestión no se resuelve aboliendo el sectarismo en los dos primeros sentidos, que de por sí constituyen un problema diferente.

Messarra reitera estas definiciones a lo largo de su libro, que está compuesto por una serie de artículos y conferencias. Asimismo, repite la definición del pacto libanés, el cual conforma el hilo conductor de su libro. En sus propias palabras, cuando usa el término "federalismo integrador" o "federalismo legislativo", se basa en Michel Shiha, quien en 1947 escribió: "El parlamento representa un modelo especial de federalismo. Igual que en Suiza hay cantones, en el Líbano hay confesiones religiosas. La base del cantón es el área geográfica: la base de la confesión es la ley religiosa sin más, que se rige en términos del estatuto personal"[11]. Si eso fuese cierto, el sistema confesional libanés llegaría a su fin mediante la simple laicización de las leyes sobre el estatuto personal. La pregunta es la siguiente: ¿bastaría con ese paso para poner fin al sistema sectario con lo arraigado que está el sectarismo político? ¿Sigue restringido este sistema al estatuto personal y depende de esa característica?

La teoría consociativa de Lijphart

Lijphart empezó a teorizar en torno al concepto de democracia consociativa en 1968, en su libro The Politics of Accommodation[12] [La política del acomodamiento], donde se examinaba el caso neerlandés. En ese estudio, consideró dos variables. La primera fueron las brechas sociales y políticas generadas por las cuestiones de clase y por los temas relacionados con la religión y el Estado (incluida aquí la separación entre calvinistas y católicos) en la sociedad neerlandesa. La segunda fue la naturaleza y el grado con el que las élites políticas se acomodaron o adaptaron a la consecución de la estabilidad democrática. La conclusión de Lijphart fue que los Países Bajos consiguieron poner en marcha una democracia estable, y que el modelo consociativo neerlandés podría aplicarse a sociedades muy fragmentadas, si bien con la condición de que haya grupos dirigentes que puedan llegar a acuerdos entre sí y a un entendimiento común dentro de los grupos a los que representan[13]. Esta conclusión pasó a conformar el núcleo de la teoría de la democracia consociativa, en la que se hace hincapié en el papel de las élites para liderar a los grupos, pero no se aporta una definición precisa del mecanismo para llegar a un entendimiento mutuo ni de los elementos principales para garantizar su aplicación y su continuación.

En 1969, Lijphart publicó un artículo en World Politics llamado "Consociational Democracy"[14] [Democracia consociativa] que ha llegado a considerarse la obra clásica sobre el tema. Ahí propone una tipología alternativa para los sistemas políticos democráticos en los países occidentales mediante su crítica a la tipología propuesta por Gabriel Almond en su artículo sobre sistemas políticos comparados[15]. Almond proponía cuatro grupos: 1) el angloestadounidense (donde se incluye a algunos miembros de la Commonwealth), 2) la Europa continental (dejando fuera a Escandinavia y los Países Bajos, que combinan algunas de las características europeas continentales y angloestadounidenses), 3) los sistemas políticos preindustriales o parcialmente industriales ajenos al ámbito europeo-estadounidense y 4) los sistemas políticos totalitarios[16]. Esta clasificación se decantaba por los criterios de la "cultura política" y la "estructura de los roles políticos" de los subsistemas políticos[17]. Almond vinculaba la organización del Estado conforme a estos dos criterios con la estabilidad política[18]. También incorporó a esta tipología muchas teorías y conceptos relevantes, como la pertenencia superpuesta y transversal, los sistemas de partidos, la separación de poderes y la evolución política[19], que Lijphart también adopta como factores importantes para el análisis de la democracia consociativa.

Por lo que respecta al primer y el segundo tipo, que son los sistemas de las democracias occidentales, Almond establece una clasificación tripartita. El primero es el sistema político angloestadounidense (que, como su propio nombre indica, incluye el sistema democrático de los Estados Unidos y Gran Bretaña). El segundo es la Europa continental (en Francia, Alemania e Italia), mientras que el tercero comprende Escandinavia y los Países Bajos, puesto que Almond los clasifica a medio camino entre los dos primeros grupos al poseer características de ambos[20].

Para Almond, los sistemas democráticos angloestadounidenses se caracterizan por una cultura política laica y homogénea y una estructura de roles (o funciones) de los subsistemas políticos, representada por organismos públicos formales, partidos políticos, grupos de interés, instituciones mediáticas y públicos de distintos tipos, que 1) están muy diferenciados, 2) son manifiestos, organizados y burocratizados, 3) se caracterizan por una gran estabilidad en las funciones de los roles y 4) son susceptibles de difundir poder e influencia dentro del sistema político en su conjunto[21]. Por otra parte, la cultura política en los sistemas europeos continentales es heterogénea y presenta distintos grados de evolución, si bien compartiendo un legado y unas raíces comunes. Estas culturas fragmentadas también se dividen en subculturas políticas separadas, puesto que la estructura de roles políticos está integrada en esas subculturas y tiende a constituir subsistemas separados de roles. Por ejemplo, la subcultura católica tiene a la propia Iglesia, sus escuelas y sus propias asociaciones de voluntarios como sindicatos, partidos políticos e instituciones mediáticas de carácter católico. Lo mismo se aplica a las subculturas políticas comunistas, liberales y socialistas, que crean subsistemas para cada subcultura dentro del Estado. El resultado puede ser una situación de inmovilismo político que dé pie a una inestabilidad[22]. La polarización obstaculiza la dinámica de evolución y, al mismo tiempo, genera inestabilidad. No estoy de acuerdo necesariamente con esta tipología, sobre todo en lo que atañe a la supuesta homogeneidad en Estados Unidos y Gran Bretaña. Ambos países están experimentando conflictos políticos que se asemejan sobremanera a las luchas de identidad cultural y están fragmentados en grupos de identidad, sobre todo si tenemos en cuenta la diferencia entre las Costas Este y Oeste y el Medio Oeste. Se aprecia como algo patente en las elecciones, sobre todo en las presidenciales de 2016.

El tercer tipo presenta características en común con los dos sistemas anteriores, lo que, en opinión de Almond, hace difícil considerarla de uno u otro sistema y justifica considerarlo como un tipo independiente a medio camino. A su juicio, los países escandinavos comparten la estructura de roles políticos con los sistemas angloestadounidenses, caracterizados por un alto grado de autonomía, mientras que los Países Bajos, Suiza y Austria comparten con los sistemas europeos continentales la autonomía limitada de los subsistemas políticos. En cuanto a la cultura política, Almond destaca para Escandinavia y los Países Bajos una similitud con la cultura política presente en los sistemas angloestadounidenses, puesto que son más homogéneos, más laicos, están más integrados y se diferencian más en sus elementos tradicionales de lo que se aprecia en la cultura política de los sistemas europeos continentales[23].

Lijphart se opone a Almond en este punto. A excepción de los países escandinavos, considera que los demás países están fragmentados en subculturas, igual que en los sistemas europeos continentales. En Bélgica y en Luxemburgo, hay una fragmentación en familles spirituelles de católicos, socialistas y liberales; en los Países Bajos, hay brechas verticales entre católicos, calvinistas, socialistas y liberales; y en Austria hay campamentos (Lager) de católicos, socialistas y liberales nacionalistas. Partiendo de esa base, Lijphart clasificó las democracias occidentales en dos tipos: democracias homogéneas y estables (el tipo angloestadounidense de Almond)[24] y democracias centrífugas, que son heterogéneas[25].

Lijphart construyó y analizó su teoría de la democracia consociativa sobre cimientos derivados del segundo tipo de democracia mencionado, puesto que se trata de la clase que contiene Estados heterogéneos, algunos de ellos muy estables y otros no tanto. Sostuvo que era imposible predecir si un Estado heterogéneo sería políticamente estable sobre la base de las dos variables en las que se apoyó Almond —la cultura política y la estructura de roles de los subsistemas políticos—, ya que Austria, Suiza y los Países Bajos son políticamente estables pese a sus numerosas subculturas y las brechas verticales entre ellas. Es justo lo contrario de la teoría de las escisiones transversales cuando estos grupos se solapan[26], por la que cabe esperar que los Estados con brechas verticales sufran inmovilismo e inestabilidad política.

Desde este punto de vista, Lijphart extrajo un modelo alternativo para los sistemas políticos democráticos no incluidos en la tipología de Almond y otros casos encontrados en la bibliografía sobre democracias liberales en los que no se ha encontrado explicación a su evolución ni la causa de su estabilidad y continuidad pese a la fragmentación de sus sociedades. Estos casos "divergentes" son los que Lijphart llama "democracias consociativas" y les añade una tercera variable: el grado de cooperación entre las élites políticas[27]. Al principio, derivó su idea de su estudio del sistema político neerlandés, como ya se ha indicado, pero después planteó un mecanismo para esta cooperación, a saber, la formación de grandes coaliciones que abarquen a todos los representantes de las élites políticas, de un modo que se garantice cierto grado de estabilidad política y se impida que el país se precipite hacia una guerra civil[28]. Es el elemento principal más importante para alcanzar la democracia consociativa. Más adelante, Lijphart amplió su lista de elementos necesarios.

Estos acuerdos pueden adoptar formas distintas a un gobierno de coalición, entre ellas alianzas entre las élites en el seno de otros organismos gubernamentales como órganos consultivos o en consejos y comités electos. En Líbano, por ejemplo, la oficina del presidente no se dividió entre las élites de las principales confesiones. En el Pacto Nacional Libanés de 1943, se acordó repartir la autoridad entre un presidente maronita y un primer ministro suní, garantizando así la representación de los grupos religiosos más nutridos del país. En Colombia, el partido liberal y el partido conservador llegaron al acuerdo en 1958 de sumarse a un mecanismo consociativo por el que quedaba estipulado que, durante un periodo de dieciséis años, la presidencia de cuatro años rotaría entre ambos partidos, con paridad de representación en todos los niveles inferiores de la Administración, en las carteras ministeriales no militares, en los magistrados de la Corte Suprema y en la propia función pública. Todas las asambleas legislativas del país (Senado, Parlamento, consejos administrativos y municipales) se repartieron por igual y en exclusiva entre el partido conservador y el liberal. En las elecciones parlamentarias neerlandesas de 1917, todos los partidos acordaron no disputarse algunos de los escaños para garantizar la aprobación de una serie de enmiendas constitucionales de vital importancia. Esta solución consociativa llegó a usarse incluso en Gran Bretaña, nación considerada como muy homogénea, donde acabó formándose un gran gobierno de coalición durante la Segunda Guerra Mundial[29].

En los casos mencionados, el consenso no estaba restringido a los grupos de base identitaria, sino que también lo aplicaron los partidos políticos entre ellos antes de que la democracia se estabilizase, o cuando ninguno de ellos había logrado dirimir el conflicto a su favor. Esa situación obliga a la otra parte a aceptar la regla de la mayoría, por lo que resulta necesario implantar un periodo consociativo antes de que el régimen democrático se convierta en algo habitual. Esa fue la solución alcanzada por los líderes de En-Nahda y An-Nida en Túnez para superar el periodo de transición cuando el país vivió momentos de polarización e inestabilidad que amenazaban con desbaratar la transición democrática. En cambio, no fue esa la solución elegida por los líderes políticos de los partidos egipcios antes del golpe de Estado del 3 de julio de 2013 que puso fin a la transición democrática. Queda confirmada así la importancia del consenso entre las élites políticas y la presencia de una cultura política receptiva a negociar, pactar y llegar a acuerdos.

En Líbano, se alcanzó un acuerdo entre los líderes tradicionales de los grupos confesionales, por medio de los partidos políticos u otras vías, y bajo el paraguas del mandato francés. Muchos investigadores achacan la crisis del sistema consociativo en Líbano en vísperas de la guerra civil a los cambios demográficos y a la modificación del equilibrio poblacional cuando el reparto del poder entre las confesiones religiosas hasta el Acuerdo de Taif siguió siendo básicamente el del Pacto Nacional de 1943. Los cambios demográficos[30], el surgimiento de otras fuerzas políticas nacionalistas, izquierdistas y confesionales, opuestas a los líderes tradicionales de las comunidades religiosas, y la oposición generalizada a la hegemonía política y el monopolio de la toma de decisiones en manos de los maronitas provocaron que el pacto se volviese inestable. Las fuerzas políticas se fragmentaron por una serie de cuestiones como la presencia armada palestina en el Líbano ante la presión israelí y no lograron llegar a un acuerdo. El investigador Richard Dekmejian afirma que la crisis libanesa de la década de 1970 que derivó en el estallido de la guerra civil nació en parte de la discrepancia entre la representación relativa entre musulmanes y cristianos en las élites superiores a raíz del incremento de la población musulmana desde el censo de 1932 y las objeciones musulmanas constantes ante el predominio cristiano en los altos cargos de la Administración. Los musulmanes chiíes también estaban infrarrepresentados en los puestos de gobierno en Líbano, como se aprecia en el siguiente cuadro.

Cuadro 1 Representación confesional en el Parlamento y el Gobierno de Líbano

ConfesiónRepresentación parlamentariaRepresentación gubernamental*Puestos gubernamentales
Número%Número%Número%
Maronitas3030,388625910525,5
Suníes2020,280623,710224,7
Chiíes1919,248014,15513,3
Ortodoxos1111,142112,35212,6
Católicos66,137611,24611,1
Drusos66,140811,94811,6
Armenios ortodoxos44,0320,940,96
Armenios católicos11,070,210,2
Protestantes11,0--------
Otras minorías11,0--------
*La representación gubernamental se determina mediante el número total de meses que los miembros de cada confesión ocuparon un puesto en el Gobierno.

Fuente: Richard Hrair Dekmejian, "Consociational Democracy in Crisis: The Case of Lebanon", Comparative Politics, vol. 10, núm. 2 (enero de 1978), pág. 255.

Después del Acuerdo de Taif, las exigencias de los musulmanes por la brecha económica y cultural entre los grupos de población, más cruda si cabe si se mide en cuanto a proporción de los distintos grupos confesionales, se convirtieron en temores cristianos a que cayera la cuota cristiana y se recortaran los poderes del presidente, así como a la acumulación de armas de las fuerzas chiíes al mismo tiempo que crecía la población chií en las poblaciones cristianas del sur tras librarse de la ocupación israelí, como ocurrió en Beirut cuando los líderes suníes se contagiaron del mismo miedo[31].

Antoine Messarra disiente de la idea de que las causas de la guerra de 1975 fuesen internas porque la ve como una guerra entre potencias exteriores. En cualquier caso, considera real el fracaso en Líbano, y la responsabilidad recae sobre las fuerzas que quisieron cambiar el sistema de manera drástica, pero al final lo hicieron más sectario, más retrógrado y más inmóvil. Se trata de otro fracaso del pensamiento sectario tradicional que niega cualquier evolución del principio del reparto de poder. Messarra rechaza la idea de fijar un periodo nominal para abolir el sistema confesional[32], tal y como han exigido algunas fuerzas laicas de izquierda y otras fuerzas confesionales no cristianas. A su juicio, la idea de acabar con el sectarismo en Líbano como apuesta ideológica seguramente daría pie a un mayor sectarismo por la movilización de las bases[33].

Lijphart sugiere que un pacto en un gobierno de coalición capaz de alcanzar acuerdos y lograr la estabilidad requiere de las siguientes condiciones: 1) que las élites puedan y sepan dar cabida a los intereses y las exigencias divergentes de las subculturas a las que representan; para ello hace falta 2) que sean capaces de ir más allá de las escisiones y aunar fuerzas en un cometido común con las élites de las subculturas rivales; lo que a su vez depende de 3) su compromiso con el mantenimiento, la cohesión y la estabilidad del sistema; por último, en todos estos requisitos se parte de 4) que las élites comprendan los peligros que entraña la fragmentación política[34]. De hecho, estos cuatro puntos por separado se reducen básicamente a una sola cuestión relacionada con el realismo y la apertura de las élites políticas. Todos estos factores pueden resumirse en las convicciones de la élite política, las relaciones intersubculturales a nivel de las élites, las relaciones intersubculturales a nivel de las masas y las relaciones entre las élites y las masas de cada una de las subculturas[35].

En el primer nivel, el de las relaciones entre las élites de las distintas subculturas, hay tres factores que parecen favorecer con fuerza la implantación y el mantenimiento de la cooperación entre las élites en un sistema fragmentado. El primero y más sorprendente de estos factores es la existencia de amenazas exteriores para el país. Se formaron alianzas entre las élites en la mayoría de las democracias consociativas durante las dos guerras mundiales. Hay que destacar aquí que, en el contexto del Levante árabe, los dirigentes de las grandes comunidades transnacionales (que este capítulo considera como "sectas imaginadas") suelen responder a un Estado extranjero que en sí mismo representa una amenaza para el dominio del país. Ese es el motivo por el que la amenaza exterior en esos casos ahonda en la brecha interna en vez de impulsar una tendencia favorable al pacto.

El segundo factor es un equilibrio de poder múltiple entre las subculturas en vez de un equilibrio de poder dual (por ejemplo, los sistemas bipartidistas) o una clara hegemonía de una subcultura que consigue una mayoría y después acapara el poder en vez de buscar la cooperación con las minorías rivales. En consecuencia, el pacto es más probable que surja en un sistema multipartidista o multigrupal, sobre todo en sociedades en las que no domina ningún grupo y todas sus subculturas están compuestas por minorías, como ocurre en los Países Bajos, en Suiza y en Líbano, y donde sería difícil que alguna de ellas obtuviese una mayoría en un sistema democrático clásico.

El tercer factor es una presión moderada sobre el aparato de toma de decisiones, puesto que el objetivo de la democracia consociativa no presupone únicamente una voluntad de cooperación por parte de las élites, sino también la capacidad de resolver los problemas políticos de sus países. En las sociedades fragmentadas, siempre existe el riesgo de alcanzar un estado de inmovilismo político. Por ese motivo, un poco de presión puede impedirlo e incrementar la eficacia del régimen[36].

A mi juicio, estas condiciones generan desde luego un entorno favorable. Sin embargo, ninguna de las condiciones mencionadas podrían ser útiles en casos específicos en los que los líderes de las subculturas políticas no muestren la voluntad necesaria de negociar y llegar a un pacto vinculado a una adscripción nacional y local.

En el segundo nivel, las relaciones intersubculturales en el seno de las masas, las distintas líneas de división entre las subculturas también dan pie a una democracia consociativa. Lijphart lo explica alegando que las subculturas fragmentadas pueden convivir en una sociedad siempre que no interactúen entre sí. Cada cultura tiene sus propios intereses y expectativas. Ahora bien, cuando hay contacto y mucho solapamiento, el resultado puede ser conflicto e inestabilidad[37]. Uno de los factores favorables al pacto en este modelo es la transformación de los colectivos de base identitaria en comunidades independientes cuyos límites no se vean atravesados por las instituciones comunes u otros aspectos compartidos. Ocurre así porque la colectividad en cuyo nombre habla el líder está delimitada, y los puntos e intereses sobre los que se debe pactar están claros desde ese punto de vista. No obstante, me gustaría llamar la atención del lector sobre el hecho de que esta condición de por sí podría no dar pie a un pacto y, quizás, podría sentar las bases de un entorno favorable para el auge de solicitudes de separación del Estado y peticiones de independencia. De eso Lijphart no se percata.

En el tercer y último nivel, el de las relaciones entre la élite y sus bases en cada subcultura, Lijphart hace referencia a la presencia de límites entre las subculturas que conducen también a la unidad política en el seno de cada subcultura. Un alto grado de cohesión política interna va acompañado de una posición unificada a favor de los líderes que facilita el proceso de pacto con las élites de otras subculturas. Del mismo modo, la ausencia de solapamiento entre las subculturas implica que los grupos de presión y los partidos políticos quedan restringidos a representar a cada grupo por su cuenta. El último factor propicio para la democracia consociativa en este nivel es la aceptación generalizada del principio de gobierno mediante un cártel de las élites[38]. No estoy de acuerdo con esta propuesta, habida cuenta de que las tendencias que contribuyen a la cohesión de grupo (como el sectarismo político) son justo las que ponen en peligro la idea de una coalición de las élites de los distintos grupos sectarios. El sectarismo político, como ya he explicado, representa en muchos casos el proceso de participación popular de las masas en la política, y hay periodos en los que ese sectarismo político constituye una amenaza que genera confrontación con las élites y las familias gobernantes de las comunidades confesionales compuestas por cárteles que, poco después, se asientan como nuevas élites sectarias cuyas raíces pueden proceder del pueblo llano. En mitad de esta crisis, el acomodamiento y el entendimiento existentes pueden desmoronarse.

Después de 1969, Lijphart empezó a usar el término "reparto del poder" como sinónimo de la democracia consociativa. Según su explicación, el término "reparto del poder" era más fácil de transmitir a los responsables de la toma de decisiones y se entendía con mayor facilidad que el concepto del consociativismo, que era poco conocido y difícil de pronunciar[39]. Cabe señalar aquí que un reparto del poder no significa democracia en ningún caso, y que restringirlo al consociativismo constata de hecho la necesidad de distinguirlo de la democracia. El término "democracia consociativa" suele utilizarse de manera errónea. Ese es uno de los problemas principales de la limitada tentativa teórica de Lijphart, que procede sobre todo de deducciones a partir de experiencias específicas.

A lo largo de los años, Lijphart trabajó para desarrollar su teoría y sus conclusiones estudiando los casos de otros países. Empezó con la experiencia neerlandesa en su libro de 1968, pero en un artículo de 1969 hizo referencia a otros ejemplos: Bélgica, Luxemburgo, Austria, Suiza, Líbano, Nigeria, Colombia y Uruguay. En 1977, analizó el sistema democrático de esos países en su libro Democracy in Plural Societies[40] [Democracia en las sociedades plurales] y añadió otros ejemplos como Malasia, Chipre, Surinam, las Antillas Neerlandesas, Burundi e Irlanda del Norte. A continuación, estudió otros casos[41] en los que no se limitó a la formación de un gobierno de coalición como elemento fundamental para crear una democracia consociativa, sino que incluyó cuatro elementos: la formación de grandes coaliciones; el veto mutuo de las minorías; el principio de proporcionalidad en las designaciones gubernamentales para representar a todos los grupos de la sociedad, en vez de seguir el principio de que el ganador se lo lleve todo; y la autonomía segmentaria y el federalismo[42].

En 1996, Lijphart publicó un artículo sobre el sistema democrático en India[43], que a su juicio constituía un ejemplo paradigmático de aplicación de todas las características de la democracia consociativa. En el caso de India, a pesar de su marcada fragmentación étnica, religiosa y lingüística, Lijphart tuvo éxito al aplicar su modelo[44]. De hecho, presenta este caso como prueba de la validez de su teoría. India, como Estado y como sociedad, adolece de grandes divisiones étnicas, religiosas y grupales que, de vez en cuando, estallan en forma de conflictos violentos, a lo que hay que añadir el sistema cerrado de castas en el seno de la mayoría hindú. Tomando este modelo como base, Lijphart presenta en ese artículo una concepción más definida de la democracia consociativa, que define a través de cuatro factores principales y secundarios: en primer lugar, la formación de grandes coaliciones de gobierno con representantes de todos los grupos lingüísticos y religiosos importantes de la sociedad; en segundo lugar, la autonomía cultural para estos grupos; en tercer lugar, la proporcionalidad en la representación política y en los cargos de la función pública; y, en cuarto lugar, un veto minoritario. La importancia de los dos últimos elementos es secundaria en el sistema democrático consociativo, según Lijphart[45].

La formación de una gran coalición de gobierno en sentido estricto implica la inclusión en ese gobierno de los partidos que representen a todos los grupos religiosos, étnicos y lingüísticos de la sociedad, como ocurre en Austria, Malasia y Sudáfrica. No obstante, como ya se ha indicado, se puede aplicar el mismo principio a todos los niveles del Estado, por ejemplo siguiendo el modelo neerlandés de "grandes" consejos o comités permanentes o temporales, con representación de todas las subculturas presentes en la sociedad y con mucha más influencia que la mera función normal de asesoramiento. Otra posibilidad es la representación igualitaria garantizada a un nivel determinado para los grupos presentes en una sociedad fragmentada, por ejemplo por criterios lingüísticos, sin conformar necesariamente una coalición de gobierno. Ese es el caso del Gobierno belga, por el precepto constitucional que obliga a que los gabinetes cuenten con el mismo número de hablantes de neerlandés (flamenco) que de francés (valón), pese a que ese gabinete no cuente con representación de todos los partidos políticos importantes. En Líbano no se aplicó este principio para la formación de gobierno o la representación de los partidos, pero llegaron al acuerdo de repartir los escaños parlamentarios y los altos cargos de gobierno sobre la base de las divisiones confesionales presentes en el país[46]. Otra opción de cuotas grupales consiste en repartir los cargos públicos, entre ellos los profesionales como la magistratura y las universidades, algo que va en contra de la competencia y de las consideraciones profesionales, por lo que se sale del marco del consociativismo para agravar las brechas sociales.

En el segundo elemento, la autonomía cultural para las subculturas, Lijphart afirma que puede adoptar tres formas: 1) mecanismos federales en los que las delimitaciones geográficas coinciden con las fronteras lingüísticas o étnicas, como en Suiza, en Bélgica y en la antigua Checoslovaquia; 2) el derecho de las minorías culturales, ya sean religiosas o lingüísticas, a establecer y administrar sus propias escuelas, con autonomía en cuanto a programas educativos y administración, como es el caso de Bélgica y los Países Bajos; y 3) leyes separadas de estatuto personal para las minorías religiosas, como en Líbano y en Chipre[47]. Como es bien sabido, la minoría turca musulmana de Chipre acabó escindiéndose y formando su propia entidad política.

De acuerdo con el principio de proporcionalidad, el mejor sistema electoral en las democracias con reparto del poder es la representación proporcional. Ahora bien, no es imposible que los sistemas de reparto del poder asignen a las minorías una cantidad proporcional de escaños en el contexto de un sistema parlamentario mayoritario. Por último, el veto de las minorías en las democracias con reparto del poder suele consistir en el entendimiento informal de que las minorías pueden proteger su autonomía a todos los efectos. No obstante, en algunos casos, el veto en minoría aparece consagrado formalmente en el texto constitucional, como ocurre en Bélgica y ocurría en Checoslovaquia antes de su separación[48]. Estas diferencias son una prueba más de que no existe una democracia consociativa fija, sino que más bien se trata de un medio (satisfactorio o no) para evitar la guerra civil. La secesión también puede ser un medio para limitar la posibilidad de que se produzca una guerra civil en un conflicto latente entre grupos que pugnan por el poder. Por su parte, el consociativismo pretende solventar esa situación, pero sin aportar soluciones democráticas.

En su artículo de 1969 sobre la democracia consociativa, Lijphart planteó un análisis preliminar de las condiciones que propician la creación y continuación de un sistema democrático consociativo, pero, como ya se ha comentado, para 1996 ya había elaborado un esquema de las nueve condiciones propicias para la democracia consociativa[49]:

  1. La ausencia de una mayoría sólida en la sociedad. Puesto que, en caso de existir, prefiere el gobierno puro de la mayoría antes que el consociativismo. Este factor fue el principal responsable del fracaso del sistema consociativo chipriota en 1963.
  2. La ausencia de grandes diferencias socioeconómicas entre los grupos de una sociedad dividida.
  3. Una cantidad pequeña de grupos en el seno de la sociedad. Ya que, de existir muchos grupos, las negociaciones entre ellos serán difíciles y complejas.
  4. Que los grupos sean más o menos del mismo tamaño, lo que ayuda a encontrar un equilibrio de poder entre ellos.
  5. Que la población total sea relativamente pequeña, lo que ayuda a simplificar el proceso de toma de decisiones.
  6. La presencia de amenazas externas, lo que fomenta la unidad interna.
  7. La existencia de lealtades "nacionales" generalizadas que reduzcan la fuerza de las lealtades particulares.
  8. Si los grupos están concentrados geográficamente, el federalismo puede servir para promover la autonomía grupal.
  9. La adopción de soluciones intermedias y el entendimiento mutuo fomentan el consociativismo.

Algunos de estos factores son claramente nuevos y otros han cambiado de forma drástica a raíz de la ampliación en el número de casos nacionales estudiados. Aunque Lijphart se acabó centrando en la primera y la segunda condición como las más importantes de las nueve, llegó a la conclusión de que la democracia consociativa no será necesariamente el resultado cuando se den las nueve condiciones y de que, del mismo modo, no es imposible que triunfe una democracia consociativa pese a que no se dé ninguna de las condiciones planteadas. En última instancia, se trata sin más de condiciones favorables o propicias para la democracia consociativa. Lo cierto es que, al final, nos quedamos sin teoría.

Aquí no tenemos ninguna teoría, sino los pormenores de unas condiciones favorables que no son ni necesarias ni suficientes para llegar a un pacto. ¿Qué queda entonces de los elementos que deberían componer cualquier teoría? Nada en absoluto. No son más que generalizaciones extraídas de casos específicos que se vuelven a modificar en seguida cuando se examina otro caso específico nuevo. Básicamente, no sirven para vaticinar el comportamiento ni de las élites ni de las masas. Al fin y al cabo, factores como la cultura política de las élites son los que determinarán si las condiciones "propicias" acaban siéndolo o no. Además, estos factores no son las condiciones para la creación de un sistema democrático, sino que, como ya se ha indicado, representan las condiciones para que surja un sistema consociativo basado en el reparto del poder para evitar que la sociedad se vea abocada a una guerra civil. Ese sistema puede no ser una democracia necesariamente. El sistema consociativo se vuelve democrático cuando se centra en la ciudadanía, al mismo tiempo que tiene en cuenta a los grupos identitarios. Concentrarse sin más en esos grupos no genera una democracia de por sí y se corre el riesgo permanente de que el pacto derive en conflictos civiles o incluso en movimientos independentistas.

A continuación se aplica el concepto de la democracia consociativa a dos casos muy diferentes entre sí: el de Irlanda del Norte y el de Líbano.

La democracia consociativa y la solución al conflicto en Irlanda del Norte

El último periodo de violencia en Irlanda del Norte entre los republicanos católicos y los unionistas protestantes leales a Londres comenzó en 1968. Este conflicto —conocido en inglés como The Troubles— dio pie a una división confesional entre las fuerzas políticas de Irlanda del Norte y a la participación en el conflicto de los Gobiernos del Reino Unido y de Irlanda. El 10 de abril de 1998, los representantes de las partes en conflicto, es decir, de los partidos políticos norirlandeses y de los Gobiernos del Reino Unido y de la República de Irlanda, suscribieron el conocido como Acuerdo de Viernes Santo o Acuerdo de Belfast.

Que las élites que representan a los grupos de una sociedad fragmentada lleguen a un acuerdo sobre un marco democrático en el que se vean representadas todas las partes —previo reconocimiento de que el conflicto no se podría solventar por medios militares— podría constituir el núcleo real de la "democracia consociativa". Son muchos los estudiosos que concuerdan con esa opinión[50]. Según Lijphart, el pilar clave de la democracia consociativa es la cooperación entre las élites políticas en torno a los mecanismos de democracia consociativa para garantizar cierto grado de estabilidad política y salvar al país de la guerra civil[51].

En el acuerdo de paz de Irlanda del Norte, los representantes de las élites políticas de todas las partes norirlandesas y los Gobiernos británico e irlandés manifestaron su apoyo al acuerdo. Afirmaron su oposición a la violencia y su compromiso con la cooperación y el uso de medios no violentos de carácter democrático para resolver las diferencias en cuanto a cuestiones políticas a través de la confianza mutua y el respeto a los derechos de las demás partes.[52] Partiendo del análisis de los elementos de la democracia consociativa, tal y como hemos comentado que los definió Lijphart, en la solución al conflicto de Irlanda del Norte se aprecian todos: 1) la formación de una gran coalición de gobierno formada por representantes de todas las partes a lo largo y ancho de la división social y política; 2) un sistema de autonomía cultural para los asuntos propios de estos grupos[53]; 3) la aceptación del principio de representación proporcional para los puestos de gobierno y función pública; y 4) el derecho de veto de las minorías, pese a que los dos últimos elementos no siempre sean necesarios para crear una democracia consociativa[54].

Se llegó a un pacto para formar un gobierno en coalición en Irlanda del Norte que contase con representación de todos los bandos. El "poder ejecutivo" se formó cuando el poder legislativo eligió a un primer ministro y un vice primer ministro con el acuerdo de una mayoría tanto de nacionalistas como de unionistas mediante el sistema de votación intercomunitaria. A continuación, se asignaron las carteras ministeriales conforme al principio de representación proporcional de los partidos sobre la base del sistema D'Hondt[55], y en función del número de escaños de cada partido en la Asamblea[56]. De ese modo, las dos partes se aseguraban de contar con representación en el gobierno en proporción a su fuerza.

El modelo de Lijphart incluía una referencia a la formación de coaliciones que se podría aplicar a otros niveles dentro del Estado, como consejos o comités especializados con facultades que podrían ir más allá de una mera función asesora[57]. En este contexto, se acordó crear comités parlamentarios encargados de hacer un seguimiento de las principales tareas ejecutivas del Gobierno de Irlanda del Norte. Los comités elaboran las políticas y proponen una legislación, además de cumplir una función de asesoramiento para los ministros y los órganos gubernamentales. Las personas que ocupan puestos en los comités y sus sustitutos eventuales se eligen por representación proporcional conforme al sistema D'Hondt. La pertenencia a los comités también está basada en la representación proporcional, en función de la fuerza de los partidos en el parlamento[58].

En el acuerdo de paz se optó por el principio de autonomía para los habitantes de Irlanda del Norte al estipular que los Gobiernos británico e irlandés reconocen el derecho del pueblo de Irlanda del Norte a decidir con libertad su futuro y el estatuto político de Irlanda del Norte con la opción a decidir si debe seguir bajo soberanía del Reino Unido o incorporarse a la República de Irlanda. De ese modo, la soberanía británica quedaba definida jurídicamente sin ser algo impuesto. El acuerdo preveía también el apoyo a todos los habitantes de Irlanda del Norte para que eligieran la ciudadanía irlandesa, la británica o ambas, decisión que no se vería afectada por ningún cambio futuro en el estatus de Irlanda del Norte[59]. Por lo que respecta a las cuestiones económicas, sociales y culturales de las partes en conflicto, se acordó adoptar las medidas necesarias para fomentar la lengua irlandesa en las instituciones estatales, en los colegios, en la televisión y en otros ámbitos. También se llegó al acuerdo de seguir políticas económicas de desarrollo sostenible que fomentasen la estabilidad y la inclusión social en Irlanda del Norte en zonas urbanas, rurales y fronterizas, adoptar el principio de igualdad en el empleo, tomar medidas contra el desempleo y acabar de manera gradual con la disparidad entre las tasas de desempleo de las comunidades protestante y católica, reforzar las leyes contra la discriminación y reconocer la importancia del respeto, el entendimiento y la tolerancia en cuanto a la diversidad lingüística de Irlanda[60]. Todo esto se aprobó sobre la base de la ciudadanía y la ampliación de derechos para incluir los derechos sociales.

En el acuerdo se contemplaba la creación de instituciones democráticas en Irlanda del Norte con una representación proporcional de las comunidades divididas. También se previeron las elecciones al parlamento, a la Asamblea, con 108 escaños para representar a todos los segmentos de la sociedad mediante el voto transferible único, una forma de representación proporcional[61]. Por su parte, la presidencia y la vicepresidencia de la Asamblea "se eligen por acuerdo de una mayoría tanto de nacionalistas como de unionistas sobre una base intracomunitaria"[62].

Al garantizar el derecho de veto sobre la base del derecho de las minorías a proteger su autonomía, el acuerdo previó la necesidad de tomar las medidas necesarias para que las decisiones se adoptaran con el acuerdo de ambas partes, tanto nacionalistas como unionistas. Puede lograrse por medio de un consentimiento paralelo, es decir, una mayoría de unionistas y nacionalistas presente y con voto, o bien con una mayoría cualificada de un 60 % de miembros presentes y con voto que incluya, como mínimo, un 40 % tanto de los nacionalistas como de los unionistas presentes[63].

En vista de lo anterior, el acuerdo alcanzado por las partes enfrentadas para resolver el conflicto de Irlanda del Norte se puede clasificar, sin lugar a dudas, como una solución democrática consociativa, basada en la democracia y el reconocimiento constitucional de la presencia de distintas comunidades (católicos y protestantes, por ejemplo), y en la necesidad de compartir la toma de decisiones y no permitir que la mayoría demográfica monopolice el poder[64].

Lijphart detalla de la siguiente manera las condiciones históricas que dieron pie a optar por la democracia consociativa:

  1. La ausencia de una mayoría sólida en una sociedad, condición aplicable al caso de Irlanda del Norte porque el tamaño de las dos partes en conflicto era prácticamente igual. Según estadísticas oficiales de 1991, los católicos representaban el 38,4 % de la población y los protestantes conformaban el 42,8 %[65]. Esas cifras muestran un aumento en el número de personas que no se identifican a través de su confesión y en la proporción de católicos. En el pasado, la proporción entre católicos y protestantes era de un tercio y dos tercios respectivamente, un factor que reducía el deseo del bando protestante de llegar a un acuerdo.
  2. La ausencia de grandes diferencias socioeconómicas entre los grupos de una sociedad dividida. Puede decirse que esta condición no se daba en el caso de Irlanda del Norte. Por ejemplo, en 1991, el 50,44 % de la población desempleada era de adscripción católica, frente al 30,18 % de los protestantes[66].
  3. Una cantidad pequeña de grupos divididos en el seno de la sociedad: la única división en Irlanda del Norte se da entre unionistas protestantes y republicanos católicos.
  4. Que los grupos sean más o menos del mismo tamaño: las dos comunidades enfrentadas presentaban a grandes rasgos el mismo tamaño en 1991, como se indica en el punto 1.
  5. Que la población total sea relativamente pequeña: según las estadísticas demográficas de Irlanda del Norte, la población en 1991 era de alrededor de 1,5 millones de habitantes[67].
  6. La presencia de amenazas externas, hecho que fomenta la unidad interna. Esa condición no se aplicaba en el caso de Irlanda del Norte, al contrario: los Gobiernos británico e irlandés ayudaron a forjar el acuerdo.
  7. La existencia de lealtades "nacionales" generalizadas que reduzcan la fuerza de las lealtades particulares. Esta condición tampoco se cumplía en el caso de Irlanda del Norte.
  8. Si los grupos están concentrados geográficamente, el federalismo puede servir para promover la autonomía grupal. Podría argumentarse que esta condición sí se daba en Irlanda del Norte, puesto que la mayoría de los protestantes viven al este y al norte del territorio, mientras que las zonas más cerca del sur eran de mayoría católica. Ahora bien, la presencia de esta condición no llevó a las partes que firmaron el acuerdo a optar por un sistema de federalismo regional[68]. Se acordó que se aplicaría la autonomía personal sobre la base de la adscripción del individuo a la comunidad.
  9. La adopción de soluciones intermedias y el entendimiento mutuo fomentan el consociativismo: esta condición la cumplieron las partes en conflicto al decantarse por la paz desde principios de la década de 1990 y declarar un alto el fuego que, si bien tuvo algunos momentos de zozobra, derivó en el acuerdo definitivo alcanzado en 1998.

Como ya se ha explicado, no es necesario que se den todas estas condiciones para llegar a un pacto; no son ni necesarias ni suficientes. Lo que importa es: 1) la convicción de las fuerzas políticas que representan a los distintos grupos identitarios de la imposibilidad de alcanzar ni una victoria militar, ni una separación ni un gobierno de la mayoría demográfica; 2) la predisposición mental y cultural de estas fuerzas para llegar a un acuerdo mediante un sistema democrático en el que las partes no ven satisfechas todas sus demandas individuales, pero todas las partes ven satisfechas algunas de ellas; y 3) su voluntad de comprender las posiciones y exigencias de las demás partes y de respetar sus concesiones.

Estas son condiciones subjetivas que deben cumplir las élites políticas, y es posible no estar de acuerdo en la valoración de las condiciones históricas que dieron pie a estas convicciones o en su importancia relativa. Ahora bien, la clave del éxito en el caso de Irlanda del Norte fue el pacto en torno al sistema democrático como marco, puesto que ni las partes en conflicto, ni las potencias que auspiciaron el acuerdo (Gran Bretaña y la República de Irlanda) ni los valedores internacionales (Estados Unidos y la Unión Europea) habrían podido llegar a un acuerdo sobre un reparto del poder fuera de un marco democrático (como ocurre en el pacto entre las dinastías políticas que dirigen las confesiones en el Líbano, por ejemplo). En el caso de Irlanda del Norte, el entorno político circundante para alcanzar un acuerdo era de carácter democrático, lo que favorecía que el acuerdo se lograse dentro de un contexto democrático.

Gran Bretaña e Irlanda no son Arabia Saudí y Siria, los dos Estados a los que se invitó para intervenir e imponer un acuerdo durante las crisis del Líbano entre los Acuerdos de Taif en 2011. Es decir, que Lijphart detalla lo que extrae de distintas experiencias específicas, pero sin hacer grandes esfuerzos teóricos. Las experiencias vividas en Irak, Siria, Líbano, Bahréin y Yemen, pongamos, podrían servir para añadir condiciones derivadas de las distintas circunstancias históricas. En Irak, por ejemplo, las élites políticas no llegaron a un pacto, sino que la ocupación estadounidense impuso un reparto sectario del poder sobre la base de una división grupal presupuesta y contra un gobierno de una minoría grupal también presupuesta, lo que provocó rechazo a ese reparto pese a no estar consagrado a nivel constitucional. La división grupal impuesta por las fuerzas de ocupación pasó a ser una de las fuentes importantes del sectarismo.

En un artículo de 1975[69], el propio Lijphart no creía que la democracia consociativa pudiese llegar a ser una realidad en Irlanda, porque las élites de ambos bandos no estarían dispuestas a aceptar una solución así. En consecuencia, propuso la escisión[70].

Hay que añadir que el conflicto de Irlanda del Norte no escindió un Estado, sino que dividía a una sociedad (en una región dentro de un Estado), algo distinto a los casos planteados por Lijphart en sus distintos estudios. El conflicto de Irlanda del Norte implicaba a partidos políticos divididos en las provincias de Irlanda del Norte y a los Gobiernos de Gran Bretaña e Irlanda. Ese es el motivo por el que el acuerdo tiene tres partes. La primera versa sobre el reparto del poder sobre una base democrática consociativa en Irlanda del Norte (sobre lo que ya nos hemos explayado). La segunda parte es la formación de un consejo ministerial entre el norte y el sur de Irlanda para organizar las relaciones mutuas en una resolución favorable a los republicanos. La tercera parte incluye la organización de las relaciones angloirlandesas, una resolución favorable a los unionistas.

Por lo que respecta a la organización de las relaciones entre Irlanda del Norte y la República de Irlanda al sur, las disposiciones de la segunda parte del acuerdo estipulan la creación de un consejo ministerial para la consulta y cooperación entre los dos Ejecutivos y la resolución de las cuestiones conjuntas norte-sur. La cooperación se da en los ámbitos de la educación, el intercambio de conocimientos, la seguridad social, el desarrollo urbano y rural, los servicios de emergencia, la agricultura, el medio ambiente, las vías navegables, la pesca de interior, la acuicultura y las cuestiones marinas, el transporte, el turismo y los programas de la UE que sean relevantes para toda la isla[71].

La tercera parte del acuerdo incluye disposiciones para organizar las relaciones entre Irlanda del Norte y los Gobiernos británico e irlandés. En este contexto, se acordó crear un Consejo Británico-Irlandés compuesto por representantes de ambos Gobiernos y de las instituciones descentralizadas de Irlanda del Norte, Escocia, Gales, Inglaterra y las islas del Canal. Según el acuerdo, el Consejo "está para el intercambio de información, el debate y la consulta sobre cuestiones de interés mutuo con el fin de alcanzar un acuerdo entre todos los miembros sobre vías de cooperación y mecanismos para implantarlas"[72].

Insisto en que el pacto de Irlanda del Norte se consiguió en el marco de la aceptación de un sistema democrático basado en la ciudadanía, y no solo sobre la base de la propia experiencia histórica de Irlanda del Norte y su sistema político, sino porque los Estados nación participantes en la elaboración del acuerdo a los que pertenecían los habitantes de Irlanda del Norte, ya fuese por confesión o por ciudadanía —el Reino Unido y la República de Irlanda—, son Estados democráticos.

Consociativismo en Líbano

Desde el punto de visto teórico ya ilustrado[73], se puede calificar el sistema político de Líbano desde la independencia de 1943 hasta el inicio de la guerra civil libanesa a mediados de los años 70 como un sistema consociativo. Las 15 confesiones religiosas reconocidas y organizadas por ley se describen como "equivalentes a las verdaderas personas jurídicas desde el punto de vista del Derecho público, y juntas conforman la infraestructura del Estado libanés"[74]. Existe la creencia predominante de que se llegó a un acuerdo tras la independencia para formar un sistema semipresidencial en el contexto de una amplia coalición de la mayoría de las confesiones de Líbano. Según este acuerdo ni oficial ni escrito, que recibe el nombre de Pacto Nacional de 1943, el presidente debe ser maronita; el primer ministro, suní; el presidente del parlamento, chií (esto no es cierto y no formaba parte del pacto, como veremos más adelante)[75]; y el vicepresidente del parlamento y el viceprimer ministro, griegos ortodoxos. El diseño de este acuerdo se basaba en el peso cuantitativo de las confesiones religiosas en aquel momento. A mediados de la década de 1950, la sociedad libanesa la conformaban un 30 % de maronitas, un 20 % de musulmanes suníes, un 18 % de musulmanes chiíes y un 11 % de griegos ortodoxos, junto a otras confesiones musulmanas y católicas más minoritarias.

Los mecanismos empleados para elegir al presidente y a los diputados parlamentarios no se basan en la representación proporcional. El presidente es elegido por mayoría en el parlamento. Al haber quedado establecido que el presidente tenía que ser maronita, este mecanismo (voto por mayoría) no permite que los representantes de otras confesiones compitan por el puesto, pero sí que participen en la elección, y sus votos podrían ser decisivos. Las elecciones parlamentarias suelen celebrarse por circunscripciones. En cada circunscripción, se presentan listas de candidatos, y cada lista representa la composición sectaria de la circunscripción correspondiente. El número de circunscripciones ha ido cambiando, pero la proporción entre diputados cristianos y musulmanes suele ser de 6 a 5. Lijphart define este sistema como una "representación proporcional diseñada por adelantado sobre una base confesional". El principio de la representación proporcional también se aplicó a los nombramientos de funcionarios.

El elemento de la autonomía segmentaria para las distintas subculturas en una sociedad fragmentada es uno de los componentes del sistema de Líbano. Cada confesión religiosa tiene sus propios colegios y sus propias instituciones sociales y benéficas. Las leyes sobre el estado civil en el Líbano también varían de una confesión a otra, y cada una de ellas gestiona el estatuto personal en sus propios tribunales. No es posible que las partes acuerden no litigar ante el tribunal confesional y recurrir a un tribunal civil. El sectarismo es obligatorio. Suleiman Taqi al-Din describió muy bien el sistema político libanés tras la constitución establecida en el periodo del mandato cuando dijo: "En consecuencia, el confesionalismo no es una cáscara vacía que se coloque sobre la estructura nacional y que se limite a la representación política, sino que se trata de un sistema integral que consolida las relaciones sociales subyacentes, puesto que organiza una red jerárquica de conexiones de arriba abajo con la que interactúan los ciudadanos en su vida cotidiana"[76]. En cualquier caso, no estoy de acuerdo en llamar "cáscara vacía" a la mera representación política, ya que tiene un efecto en la sociedad y es el instrumento más importante para cimentar el sistema confesional en general.

El derecho de veto mutuo también fue una condición fundamental para el sistema político libanés, pese a tratarse de un derecho no escrito. Según Lijphart, la democracia consociativa continuó siendo eficaz en el Líbano durante 30 años hasta que estalló la guerra civil, pero acabó considerándose débil por culpa de "la institucionalización inflexible de los principios de la democracia consociativa". En última instancia, derivó en el inmovilismo político. Lo que Lijphart y otros analistas occidentales que simpatizan con el modelo libanés no ven es que hay otra perspectiva que contempla el poder de las dinastías y familias maronitas como privilegios que no tienen las dinastías y burguesías de las demás confesiones. En ese sentido, el sistema es un pacto cerrado, en vista de las concesiones políticas a las dinastías gobernantes de una confesión en particular.

Fawaz Traboulsi escribió que, en vísperas de la guerra civil, se apreciaba "una contradicción entre el sistema político y las realidades económicas y sociales del país"[77], como el crecimiento de la clase media, la aparición de movimientos sociales y estudiantiles y la contradicción entre una economía liberal y los monopolios. "Verdaderas dinastías políticas dominaban el parlamento"[78]. En mi opinión, todos estos factores confluyeron para crear un entorno proclive a un estallido. Sin embargo, a mi juicio, el problema principal del sistema radica en un sectarismo político que carece de compromiso con la soberanía del Estado.

El modelo de Lijphart resulta problemático porque no distingue suficientemente entre el consociativismo y la democracia consociativa. Por ejemplo, los líderes de las confesiones del Líbano llegaron a pactar varias veces tras la guerra civil o después de los conflictos, hasta el punto de proteger ciertas libertades y de poner en marcha algunas instituciones semidemocráticas por respeto a la constitución, al menos mientras hubo un equilibrio entre las confesiones religiosas. Ahora bien, ese pacto no era democrático. "Este sistema político refleja en principio una realidad objetiva basada en la superioridad, el predominio y la primacía de la burguesía cristiana en general, y de la maronita en particular. La función de este sistema no era reflejar este equilibrio, sino impedir su ruptura. [...] Se implantó [...] para que una minoría confesional con vínculos económicos y políticos con Occidente siguiese llevando la voz cantante en las decisiones y elecciones políticas"[79]. Así pues, la democracia consociativa no se apoya en los cimientos de la igualdad de la ciudadanía y no se ve impulsada por una cultura democrática, sino que el pacto lo manejan las "familias gobernantes" dentro de cada confesión, con concesiones para las élites confesionales. En los últimos tiempos, algunas dinastías confesionales han dado paso a partidos confesionales que no creen en la democracia ni se adhieren a los valores democráticos. Se había instituido una relación entre los líderes de los partidos confesionales y los Estados regionales, por lo que el pacto se supeditaba con frecuencia a los equilibrios de poder internacionales y regionales. También existen armas de carácter sectario, por lo que la disuasión es una alternativa al pacto. Esa circunstancia ha hecho que la convivencia se asemeje a una guerra fría que podría derivar en una guerra civil en cualquier momento. Como ya se ha mencionado, otros han considerado que la causa son los cambios demográficos que han alterado el equilibrio existente.

En cuanto al pacto general, se presupone que la capacidad subjetiva de mantener la armonía es más importante que los acuerdos y convenios. Pero esa capacidad de mantener la armonía no ha sido clara desde la independencia del Líbano, puesto que resulta difícil ponderar esa capacidad subjetiva a la sombra de los factores externos que promueven la armonía, ayudan a preservarla o bien la desvirtúan. Las adscripciones y lealtades particulares a las familias en el seno de una confesión religiosa son un factor más fuerte que la ideología a la hora de unificar a un partido político, más sólido aún que la lealtad a las instituciones del Estado.

Por último, con la existencia de un sistema político sectario y una cultura política sectaria, es fácil que cualquier conflicto social, político o de clase se transforme hasta adoptar un cariz sectario. En su conjunto, todos estos factores han hecho que el sistema confesional libanés sea proclive a estallar de vez en cuando, pero también que sea capaz de reformular el pacto después de cada explosión de manera que el sectarismo vaya siendo cada vez más profundo.

Así pues, el cambio en el Líbano se ha producido por lo general a través de grandes crisis violentas seguidas de una nueva formulación consociativa, a menudo con alguna intervención extranjera. La más violenta de esas crisis fue la guerra civil de 1975. Tras la guerra, el Acuerdo de Taif impuso enmiendas constitucionales, la mayoría de ellas destinadas a reducir los privilegios políticos maronitas. Entre ellas, transformar la división de 6 a 5 de los escaños parlamentarios en favor de los cristianos en una nueva división equitativa de los escaños entre representantes cristianos y musulmanes, abarcando toda la diversidad confesional de estos dos grupos. Del mismo modo, la enmienda más importante introducida por la Constitución de 1990 fue la institucionalización de un Consejo de Ministros eficaz y auténtico. En vez de ser un consejo informal de ministros del gobierno convocado por el presidente de la República, el gabinete libanés se convirtió en una institución independiente cuyo jefe pasaba a ser el primer ministro. En lo fundamental, el Acuerdo de Taif modificó los artículos 17 y 53 de la Constitución sobre el ejercicio de la autoridad ejecutiva para conferir al gabinete la mayoría de las facultades del presidente[80].

Este Documento de Estudio fue publicado originalmente por el Arab Center for Research and Policy Studies (ACRPS). Puede consultarse en este enlace.

*El texto forma parte del libro del autor Al-Ta'if, Al-Ta'ifiya, Al-Tawa'if Al-Mutakhayyila ("Secta, sectarismo y sectas imaginadas"), publicado en árabe por el ACRPS en abril de 2018.

Crédito de imagen: ACRPS


Notas y referencias

[1] Existe cierto debate entre los estudiosos acerca del papel de Althusius en la acuñación de este término. Algunos lo consideran el padre del federalismo moderno, mientras que otros ven en su pensamiento una tentativa de revivir el corporativismo de la Edad Media. En cualquier caso, lo que cabe destacar aquí es que el punto de partida de Althusius fue la primacía del grupo en la teorización política, no del individuo. Se trataba de una proposición histórica y teórica y, al contrario que los teóricos del contrato social, Althusius rechazaba la idea del individuo sin un grupo como el estado natural.

[2] David E. Apter, The Political Kingdom in Uganda: A Study in Bureaucratic Nationalism (Princeton: Princeton University Press, 1961).

[3] Arthur W. Lewis, Politics in West Africa (Londres: Allen and Unwin, 1965).

[4] Gerhard Lehmbruch, Proporzdemokratie: Politisches System und Politische Kultur in der Schweiz und in Österreich (Tubinga: Mohr, 1967). El término "proporcional" se emplea en este caso de forma distinta a su uso en el concepto "representación proporcional". Aquí se está hablando de la representación proporcional en función del tamaño relativo de las distintas comunidades, ya sean étnicas, confesionales o de otra índole.

[5] Arend Lijphart, Thinking about Democracy: Power Sharing and Majority Rule in Theory and Practice (Londres y Nueva York: Routledge, 2008), págs. 3-‍4.

[6] La cuestión de las nacionalidades y la socialdemocracia de Otto Bauer vio la luz en Viena en 1907 (con una segunda edición en 1924) y suscitó un amplio debate y una fuerte oposición entre los comunistas rusos. Stalin respondió a esta obra por expreso encargo del propio Lenin. El libro representaba un cambio radical en la posición marxista predominante sobre la nacionalidad al no reducirla a una cuestión de lucha de clases y verla como un marco cultural que combina clases diferentes. La obra de Otto Bauer y Karl Renner sobre las condiciones del Imperio austrohúngaro fue una búsqueda de soluciones a la cuestión de las nacionalidades, sin elucubraciones falsas sobre la posibilidad de integrar las nacionalidades en una única nacionalidad y evitando que la dispersión de las entidades existentes y su separación derive en una limpieza étnica, como ocurrió en los Balcanes a finales del siglo XX. Formularon así la idea de la autonomía cultural para las nacionalidades, es decir, la autonomía personal, no vinculada a un territorio determinado. Véase: Otto Bauer, The Question of Nationalities and Social Democracy, Joseph O'Donnell (trad.), (Mineápolis y Londres: University of Minnesota Press, 2000), y en particular los primeros dos capítulos sobre la nacionalidad y el capítulo cuatro sobre la autonomía. Véase también el artículo de Karl Renner de 1899 para el que no he podido encontrar una traducción: Karl Renner, "Staat und Nation", en: Karl Renner, Schriften (Viena: Residenz Verlag, 1994); Karl Renner, Der Kampf der österreichischen Nationen um den Staat (publicado con el seudónimo de Rudolf Spring), (Leipzig y Viena: Deuticke, 1902); Karl Renner, Das Selbstbestimmungsrecht der Nationen in besonderer Anwendung auf Österreich (Leipzig y Viena: Deuticke, 1918).

[7] Para conocer el rechazo de Bauer a la idea de la autonomía para los judíos y su apoyo a su asimilación, véase Bauer, págs. 291-308.

[8] Esa es también nuestra opinión, expresada ya en la obra Secta, sectarismo y sectas imaginadas y en un libro anterior. Véase Azmi Bishara, Sobre la cuestión árabe: prólogo para un manifiesto democrático árabe (Beirut: ACRPS, 2007), págs. 160-162, 183-189.

[9] Antoine Messarra, General Theory of the Lebanese Constitutional System: Comparative Studies in Power-Sharing Systems (Beirut: Al-Maktaba Al-Sharqiya, 2005), pág. 89.

[10] Ibid.

[11] Ibid., pág. 199.

[12] Arend Lijphart, The Politics of Accommodation: Pluralism and Democracy in the Netherlands (Berkeley: University of California Press, 1968).

[13] M.P.C.M. Van Schendelen, "Consociational Democracy: The Views of Arend Lijphart and Collected Criticisms", Political Science Review, vol. 14 (1985), pág. 148.

[14] Arend Lijphart, "Consociational Democracy", World Politics, vol. 21 (enero de 1969), págs. 207-225.

[15] Gabriel A. Almond, "Comparative Political Systems," Journal of Politics, vol. 18, núm. 3 (agosto de 1956), págs. 391-409.

[16] Ibid., págs. 392-3.

[17] Ibid., pág. 393.

[18] Ibid., págs. 393 y 396; Lijphart, "Consociational Democracy", pág. 207.

[19] Arend Lijphart, Democracy in Plural Societies: A Comparative Exploration (New Haven y Londres: Yale University Press, 1977), pág. 6.

[20] Almond, págs. 398 y 405.

[21] Ibid., págs. 398-9.

[22] Ibid., págs. 405-8.

[23] Lijphart, "Consociational Democracy", págs. 207, 208, 210 y 211.

[24] A saber, Gran Bretaña, Australia, Nueva Zelanda, Canadá y Sudáfrica; con la expansión de la Mancomunidad de Naciones después de 1960, se ha utilizado el término "Vieja Commonwealth" para estos Estados que formaban parte de ella antes de la Segunda Guerra Mundial, y "Nueva Commonwealth" para los Estados que se incorporaron después de la ampliación. Véase Camilla Schofield, Enoch Powell and the Making of Postcolonial Britain (Londres: Cambridge University Press, 2013), págs. 147-148.

[25] Lijphart, "Consociational Democracy", págs. 210, 211 y 222.

[26] Según la teoría de las escisiones transversales, la democracia y la estabilidad política dependen básicamente del grado de solapamiento entre grupos pese a sus distintas afiliaciones políticas, sociales, étnicas, lingüísticas y religiosas, es decir, el solapamiento entre grupos pese a la diferencias entre sus confesiones religiosas en, por ejemplo, asociaciones basadas en otra dimensión (clase socioeconómica). Por lo tanto, los intereses que conectan a estos grupos en un segundo nivel pueden desvirtuar la adscripción sectaria en el primer nivel. Se promueve así la construcción de otras alianzas ajenas a las brechas principales y, en consecuencia, ese solapamiento puede mitigar los conflictos políticos basados en la afiliación primaria. Véase: Seymour Martin Lipset, Political Man: The Social Basis of Modern Politics (Nueva York: Doubleday, 1960); Seymour Martin Lipset & Stein Rokkan, Party Systems and Voter Alignments (Nueva York: Free Press, 1967).

[27] Lijphart, Democracy in Plural Societies, págs. 14-16.

[28] Ibid., págs. 211-212.

[29] Lijphart, "Consociational Democracy", págs. 213-214.

[30] Cabe mencionar como ejemplos la interpretación de la crisis y la guerra civil en el Líbano y el final del modelo consociativo. Véase Richard Hrair Dekmejian, "Consociational Democracy in Crisis: The Case of Lebanon", Comparative Politics, vol. 10, núm. 2 (enero de 1978), págs. 251-265.

[31] Véase un examen pormenorizado de la expresión de estos miedos, la brecha demográfica y el crecimiento de la emigración cristiana desde el Acuerdo de Taif en el capítulo sobre "Demografía confesional, leyes de naturalización y preocupación por la venta de tierras". Véase Abdel-Raouf Sinno, Líbano, confesiones en el Estado posconfesional: problemas de coexistencia, soberanía y roles externos (Beirut: German Institute for Oriental Research, 2014), [original en árabe], págs. 107-111.

[32] Messarra, pág. 131

[33] Ibid., págs. 131-134.

[34] Lijphart, "Consociational Democracy", pág. 216.

[35] Ibid.

[36] Ibid., págs. 217-218.

[37] Ibid., pág. 219. Lijphart se basa aquí en los escritos de Quincy Wright, Sidney Verba y David Easton, quienes proponen la creación de una política de apartheid voluntario como la solución ideal para evitar tensiones en las sociedades fragmentadas. Véase: Quincy Wright, "The Nature of Conflict", Western Political Quarterly, vol. IV (junio de 1951), pág. 196; Sidney Verba, "Some Dilemmas in Comparative Research", World Politics, vol. 20 (octubre de 1967), pág. 126; David Easton, A Systems Analysis of Political Life (Nueva York: John Wiley, 1965), págs. 250-251.

[38] Lijphart, "Consociational Democracy", págs. 221-222.

[39] Lijphart, Thinking about Democracy, pág. 6.

[40] Lijphart, Democracy in Plural Societies.

[41] Lijphart, Thinking about Democracy, pág. 5.

[42] Lijphart, Democracy in Plural Societies, págs. 25-44.

[43] Arend Lijphart, "The Puzzle of Indian Democracy: A Consociational interpretation", The American Political Science Review, vol. 90, núm. 2 (junio de 1996), págs. 258-268.

[44] Ibid., págs. 258 y 266.

[45] Ibid., pág. 258.

[46] Ibid., pág. 259.

[47] Ibid., pág. 260.

[48] Ibid., pág. 261.

[49] Ibid., págs. 262-263.

[50] Robert Taylor, un especialista en la transición democrática de Sudáfrica e Irlanda del Norte, y conocido por su postura crítica ante la adopción de la "democracia consociativa" como mecanismo de resolución de conflictos, señala que "solo un pequeño número de investigadores han puesto en duda seriamente que el acuerdo actual en Irlanda del Norte sea de naturaleza consociativa, puesto que el consociativismo tuvo un papel eficaz y positivo en la formulación del Acuerdo de Belfast". Véase: Rupert Taylor (ed.), Consociational Theory: McGarry and O'Leary and the Northern Ireland Conflict (Londres y Nueva York: Routledge, 2009), págs. 7-8.

[51] Lijphart, "Consociational Democracy", págs. 211-212; Lijphart, Democracy in Plural Societies, págs. 14-16.

[52] "The Northern Ireland Peace Agreement", UN Peacemaker, pág. 2, consultado el 2 de diciembre de 2017, disponible en https://peacemaker.un.org/es/node/8985

[53] Este concepto recuerda a las contribuciones de los marxistas austriacos, representadas por las ideas de Bauer y Renner.

[54] Lijphart, "Consociational Democracy", pág. 216; Lijphart, Democracy in Plural Societies, págs. 25-44; Lijphart, "The Puzzle of Indian Democracy", pág. 258.

[55] Este sistema proporcional para el reparto de escaños tomó el nombre en Estados Unidos de Thomas Jefferson y en Europa el del jurista belga y catedrático de matemáticas Victor D'Hondt (1841-1901).

[56] "The Northern Ireland Peace Agreement", (15), (16), págs. 8-9.

[57] Lijphart, "The Puzzle of Indian Democracy", pág. 259.

[58] "The Northern Ireland Peace Agreement", (8), (9), págs. 8-9.

[59] Ibid., (1), pág. 3.

[60] Ibid., págs. 20-21.

[61] Ibid., (1), pág. 7.

[62] Ibid., (7), pág. 8.

[63] Ibid., (5), pág. 7.

[64] Lijphart, "The Puzzle of Indian Democracy", págs. 262-263.

[65] Departamento de Sanidad y Servicios Sociales, The Northern Ireland Census 1991: Religion Report (Belfast: NISRA, 1993), pág. 2, consultado el 16 de febrero de 2017 en: http://bit.ly/2eLD3BI

[66] Departamento de Sanidad y Servicios Sociales, The Northern Ireland Census 1991: Summary Report (Belfast: NISRA, 1992), Cuadro 18: Población activa con edades entre 16-64 años, datos desglosados por ocupación, religión y sexo, pág. 147, consultado el 16 de febrero de 2017 en: http://bit.ly/2eLlTnL

[67] Ibid., pág. 1.

[68] Ibid., pág. 2.

[69] Arend Lijphart, "The Northern Ireland Problem; Cases, Theories, and Solutions", British Journal of Political Science, vol. 5, núm. 1 (enero de 1975), págs. 83-106.

[70] Ibid., págs. 104-105. Como es habitual, los prestigiosos académicos de las universidades occidentales, como es el caso de Lijphart, plantean ideas como esta en revistas de ciencias sociales y humanidades o en informes de organizaciones regionales o internacionales, algo común en las últimas dos décadas. Estos artículos e informes publicados en revistas académicas, pese a expresar en realidad sus puntos de vista sin más, se deben juzgar en función de la información disponible para estos autores y las conclusiones que sus dotes analíticas les permiten extraer, así como por la distancia moral y emocional que los separa del tema planteado. El peligro está en que esos artículos se presenten como si encarnaran el conocimiento mismo. En vez de tomarlos como hipótesis sujetas a crítica y deconstrucción, se los trata como textos "sagrados" por su "aura de conocimiento" (todo un oxímoron, sin duda) al haberse publicado en una revista. De hecho, suelen acabar convirtiéndose en una referencia de la que extraer soluciones y planes de ejecución. La publicación de artículos contradictorios sobre las soluciones consociativas confirma la relevancia de nuestra preocupación por el "carácter sagrado" de estas revistas, que son objeto de "adoración" en el mundo académico occidental. No estamos criticando la publicación académica en sí, necesaria por muchos motivos, sino el hecho de contemplar las revistas académicas como si encarnasen el conocimiento puro y dejar de lado que las partes institucionales, como cualquier régimen, presentan su propio sesgo político e ideológico.

[71] "The Northern Ireland Peace Agreement", págs. 13-15.

[72] Ibid., págs. 16-17.

[73] Lijphart, Democracy in Plural Societies, págs. 147-150.

[74] Edmond Rabbat, La creación histórica de Líbano político y constitucional (Beirut: Publications of the Lebanese University, 2002), pág. 215. [Original en árabe]

[75] El Pacto es similar al acuerdo entre Riyadh al-Sulh y Bishara al-Khouri en 1943, el cual aparece mencionado en una serie de discursos y situaciones. Su objetivo consistía en independizar a Líbano de los países árabes y de Francia sobre la base de que esta independencia fuese definitiva y no una mera transición hacia una unión con Siria ni cualquier otro país, de manera que el Líbano mantuviese su carácter. Edmond Rabbat pensaba que la base del Pacto era la "libanización" de los musulmanes y la arabización de los cristianos. Ibid., págs. 830-841.

[76] Suleiman Taqi al-Din, La evolución histórica del problema libanés 1920–1970 (Precursores de la Guerra Civil), (Beirut: Dar Ibn Khaldun, 1977), pág. 38. [Original en árabe]

[77] Fawaz Traboulsi, La Historia moderna del Líbano: del Emirato al Acuerdo de Taif, edición revisada (Beirut: Dar Al-Rayyis, 2008), pág. 303. [Original en árabe]

[78] Ibid., págs. 279-303.

[79] Taqi al-Din, pág. 144.

[80] Ibid., pág. 78. Antes del Acuerdo de Taif, hubo tres rondas de conversaciones sirio-libanesas coordinadas por la embajadora estadounidense en 1987 para intentar igualar las tres presidencias. Véase Messarra, pág. 91.


Bibliografía

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